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Continuamos con el
Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) con su
Título VII: Del Comité Técnico de Árbitros. A continuación trataremos una de
las Comisiones que forman parte de los órganos de la estructura arbitral: la
Comisión Económica.
La Comisión Económica [Desarrollo profesional]
El
artículo 33 del Reglamento General de la RFEF trata sobre la Comisión
Económica. Este artículo se divide en tres puntos, los cuales podemos resumir
del siguiente modo:
- La Comisión Económica está formada por el Vicepresidente Económico del Comité Técnico de Árbitros (CTA) y Jefe de Administración y Finanzas del CTA. Estos informan puntualmente al Presidente del CTA.
- La Comisión está presidida por el Vicepresidente Económico del CTA, quien controla y elabora el presupuesto anual que se someterá al Presidente del CTA. Cuando se aprueba el presupuesto se eleva a la Presidencia de la RFEF.
- Actúa coordinadamente con la Dirección de Finanzas de la RFEF.
- Esta Comisión se encarga de la gestión y control de los asuntos relativos a las instalaciones y mobiliarios, procesos de gestión de compras, coordinación con proveedores, petición de ofertas, tabulación económica, etc. Todo ello bajo la supervisión de la Administración General de la RFEF.
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Imagen. La Comisión Económica forma parte de la estructura arbitral.
Bibliografía:
Reglamento
General Real Federación Española de Fútbol (2019, junio). Consejo Superior de
Deportes. Registro de Asociaciones Deportivas, pp.21, Recuperado de https://cdn1.sefutbol.com/sites/default/files/pdf/reglamento_general_junio_2019.pdf
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