11 ago 2025

Principios pedagógicos de la etapa de Educación Infantil [Normativa] [Educación Infantil]

El Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil, presenta una serie de artículos y disposiciones. A continuación se muestra el artículo 6, uno de los artículos imprescindibles que debe dominar cualquier maestro/a de esta etapa.


Principios pedagógicos de la etapa de Educación Infantil [Normativa] [Educación Infantil]

En la página 3 del BOE número 28, concretamente en el Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil, encontramos el artículo 6. Principios pedagógicos, que destaca ocho puntos:  

1. La práctica educativa en esta etapa buscará desarrollar y asentar progresivamente las bases que faciliten el máximo desarrollo de cada niño/a.

2. Dicha práctica se basará en experiencias de aprendizaje significativas y emocionalmente positivas y en la experimentación y el juego. Además, deberá llevarse a cabo en ambiente de afecto y confianza para potenciar su autoestima e integración social y establecimiento de un apego seguro. Se velará por garantizar desde el primer contacto una transición positiva desde el entorno familiar al escolar, así como la continuidad entre ciclos y etapas.

3. En los dos ciclos de esta etapa, se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, la gestión emocional, al movimiento y hábitos de control corporal, a manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, y a pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento del entorno, de los seres vivos que en él conviven y las características físicas y sociales del medio en el que viven. También se incluirá la educación en valores.

4. Asimismo, se incluirán la educación para el consumo responsable y sostenible y la promoción y educación para la salud.

5. Además, se favorecerá que niños y niñas adquieran autonomía personal y elaboren una imagen de sí mismos positiva, equilibrada e igualitaria y libre de estereotipos discriminatorios.

6. Las administraciones educativas fomentarán el desarrollo de todos los lenguajes y modos de percepción específicos de estas edades para desarrollar el conjunto de sus potencialidades, respetando la específica cultura de la infancia que definen la Convención sobre los Derechos del Niño y las Observaciones Generales de su Comité.

7. De igual modo, sin que resulte exigible para afrontar la Educación Primaria, se podrá favorecer una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en tecnologías de la información y comunicación, en expresión visual y musical y en cualesquiera otras que administraciones educativas determinen.

8. Corresponde a las administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en los aprendizajes del segundo ciclo de la Educación Infantil, especialmente en el último año.

En resumen, podemos decir que este artículo aborda aquellos aspectos que se deben trabajar en los niños/as en esta etapa.



Puedes volver a la sección dedicada a la Normativa de Segundo Ciclo de Educación Infantil en el siguiente enlace: 

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