El Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establecen la
ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil, presenta una
serie de artículos y disposiciones. A continuación se muestra el artículo 6,
uno de los artículos imprescindibles que debe dominar cualquier maestro/a de
esta etapa.
Principios pedagógicos
de la etapa de Educación Infantil [Normativa] [Educación Infantil]
En la página 3 del BOE número 28,
concretamente en el Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el
que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación
Infantil, encontramos el artículo 6. Principios
pedagógicos, que destaca ocho puntos:
1. La práctica educativa en esta etapa buscará
desarrollar y asentar progresivamente las bases que faciliten el
máximo desarrollo de cada niño/a.
2. Dicha práctica se basará en experiencias de
aprendizaje significativas y emocionalmente positivas y en la
experimentación y el juego. Además, deberá llevarse a cabo en ambiente de
afecto y confianza para potenciar su autoestima e integración social
y establecimiento de un apego seguro. Se velará por garantizar desde el primer
contacto una transición
positiva desde el entorno familiar al escolar, así como la
continuidad entre ciclos y etapas.
3. En los dos ciclos de esta etapa, se atenderá
progresivamente al desarrollo afectivo, la gestión emocional, al
movimiento y hábitos de control corporal, a manifestaciones de la comunicación
y del lenguaje, y a pautas elementales de convivencia y relación social, así
como al descubrimiento del entorno, de los seres vivos que en él conviven y las
características físicas y sociales del medio en el que viven. También se
incluirá la educación en valores.
4. Asimismo, se incluirán la educación para
el consumo responsable y sostenible y la promoción y educación para la salud.
5. Además, se favorecerá que niños y niñas adquieran
autonomía personal y elaboren una imagen de sí mismos positiva,
equilibrada e igualitaria y libre de estereotipos discriminatorios.
6. Las administraciones educativas fomentarán el desarrollo de
todos los lenguajes y modos de percepción específicos de estas
edades para desarrollar el conjunto de sus potencialidades, respetando la
específica cultura de la infancia que definen la Convención sobre los Derechos
del Niño y las Observaciones Generales de su Comité.
7. De igual modo, sin que resulte exigible
para afrontar la Educación Primaria, se podrá favorecer una primera aproximación a la
lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación
temprana en habilidades numéricas básicas, en tecnologías de la información y comunicación,
en expresión visual y musical y en cualesquiera otras que administraciones
educativas determinen.
8. Corresponde a las administraciones
educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en
los aprendizajes del segundo ciclo de la Educación Infantil, especialmente en
el último año.
En resumen, podemos decir que este artículo aborda
aquellos aspectos que se deben trabajar en los niños/as en esta etapa.

Puedes volver a la sección dedicada a la Normativa de Segundo Ciclo de Educación Infantil en el siguiente enlace:
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